Declaración Anual Personas Físicas

Deducciones Personales

Las deducciones son los gastos que tiene a disminuir el contribuyente de sus ingresos acumulables durante el año:

  • Primas de seguros de gastos médicos:
    Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos
    complementarios o independientes de los servicios de salud públicos.

  • Gastos Médicos:
    Se pueden incluir honorarios médicos, dentista, psicología, nutrición,
    enfermería, tratamientos, gastos por incapacidad o discapacidad,
    gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas por hospitalización.

  • Gastos funerarios:
    Son deducibles los gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida
    y Actualización (UMA) anual del ejercicio a declarar.

  • Gastos de transporte escolar:
    Aplica cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura.

  • Cuentas especiales y personales para el ahorro.

  • Colegiaturas:
    La cantidad pagada por cada uno de los hijos no debe exceder los siguientes límites
    anuales: preescolar, 14 mil 200 pesos; primaria, 12 mil 900 pesos; secundaria, 19 mil
    900 pesos; profesional técnico, 17 mil 100 pesos; bachillerato o su equivalente, 24 mil
    500 pesos.

  • Aportaciones complementarias al retiro.

  • Donativos:
    Incluye los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas
    para tal fin y a la Federación. El límite es hasta 7% de los ingresos acumulables del ejercicio
    inmediato anterior.

  • Créditos hipotecarios:
    Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos
    con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.

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